EX-02: traer a la familia (reagrupación)
El EX-02 es el formulario para traer a tu pareja, tus hijos o tus padres a vivir con vos a España. Lo completa y lo firma la persona que ya vive legalmente en España, la que “llama” a su familia. La tasa (lo que le pagás al gobierno por el trámite) es de 10,94 €.
- Para qué sirve
- Para que una persona extranjera que ya vive legalmente en España traiga a su familia desde otro país. A esto se le llama “reagrupación familiar”. Oficial
- De dónde se descarga
- PDF para imprimir ↗ · PDF para completar en la computadora ↗
- Cómo se completa
Reglas de todos los EX: en MAYÚSCULAS, con bolígrafo negro y letra de imprenta, o en la computadora con el PDF "Editable". Fechas así: dd/mm/aaaa. Sexo: H, M, o X (solo si tu país la reconoce). Estado civil: S (soltero), C (casado), V (viudo), D (divorciado), Sp (separado). Arriba completás "DIRIGIDA A", "Código DIR3" (el número de la oficina que recibe el formulario) y "PROVINCIA": la oficina que lo recibe (Madrid: EA0040721). El apartado del representante se llena solo si presenta otra persona. La casilla "CONSIENTO" (avisos por internet, en la Dehú, la página oficial donde te llegan los avisos del Gobierno) marcala solo si tenés certificado digital o Cl@ve: un e-mail no alcanza; si no la marcás, te escriben por correo postal. Oficial Modelos oficiales ↗ · Guía de Extranjería de Madrid ↗
- Datos del REAGRUPANTE (el que ya vive en España): sus datos, domicilio, teléfono y e-mail; la "Autorización de la que es titular" (qué permiso tiene); y si tiene hijos en edad de ir a la escuela.
- Apartado 1) Datos del REAGRUPADO: los datos del familiar que viene.
- Apartado 2) Representante: solo si el trámite lo presenta otra persona. Apartado 3) Domicilio a efectos de notificaciones: la dirección donde querés recibir las cartas oficiales.
- Apartado 4) TIPO DE AUTORIZACIÓN SOLICITADA (qué permiso pedís): marcá el vínculo, o sea, qué es tuyo esa persona (cónyuge, que es esposo o esposa; pareja registrada; pareja no registrada; hijo menor de 18 años; ascendiente, que es tu padre o tu madre, o los de tu pareja, en general mayores de 65 años…). Marcá también el procedimiento: la primera vez, "reagrupación familiar inicial (art. 65)"; para renovar, "renovación (art. 71)". (“Art.” quiere decir artículo del reglamento, la norma que dice cómo se hacen estos trámites.) Contestá SÍ o NO a la pregunta de si tenés otros pedidos de reagrupación en marcha.
- Firma: firma el reagrupante.
- Quién firma
- El reagrupante, o sea, el que ya vive en España. La ficha oficial (Hoja 8) dice que tiene que estar "cumplimentado y firmado por la persona reagrupante".
- Cuántas copias
- Llevá el original y una copia del formulario ("SE PRESENTARÁ ORIGINAL Y COPIA"). Es gratis: dice "IMPRESO GRATUITO. PROHIBIDA SU VENTA". Si se puede imprimir en doble faz: Sin confirmar
- Tasa (lo que le pagás al gobierno por el trámite)
- 790-052, punto 2.1.2 de la lista de tasas (eso es el “epígrafe”): 10,94 €. Se paga dentro de los 10 días hábiles (días de semana, sin sábados, domingos ni feriados) desde que presentás el pedido. La paga la persona a cuyo favor se pide el permiso, o sea, el familiar que viene. Oficial Orden de tasas, art. 3 (BOE) ↗ Para renovar: 16,40 €. Cuando tu familiar llega, paga su TIE (la tarjeta con foto que prueba que vive legalmente en España) con la tasa 790-012, de 16,08 €. Hoja informativa 8 ↗ · Orden de tasas (la norma con los precios) ↗
- Dónde se presenta
- Lo presenta el reagrupante en la Oficina de Extranjería de su provincia (la oficina del gobierno que maneja los papeles de los extranjeros), en persona o mediante un representante. También por Mercurio, la página de internet de Extranjería para presentar trámites. En Madrid se puede presentar en persona con turno (cita previa).
- Errores comunes
- Te contestan en 2 meses. Si no te contestan, la respuesta es no. Si traés a tu esposo, esposa o pareja, necesitás una declaración jurada de que no vive en España otro esposo, esposa o pareja tuya. El informe de vivienda adecuada (el papel oficial que dice que tu casa sirve para tu familia) tiene que tener menos de 6 meses. El PDF editable no anda en todos los navegadores: actualizá el tuyo o probá con otro (Edge, Firefox, Chrome). Marcar "CONSIENTO" sin certificado digital.
Paso a paso
Descargá el EX-02.
Completá los datos del reagrupante (vos, que estás en España) y del reagrupado (tu familiar).
Marcá el vínculo y "reagrupación familiar inicial (art. 65)".
Firmá vos, como reagrupante.
Pagá la tasa 052, de 10,94 €, dentro de los 10 días hábiles desde que presentás el pedido (por Mercurio, en el momento).
Presentalo en Extranjería o por Mercurio, junto con el informe de vivienda adecuada y la declaración jurada.
Esperá la respuesta (2 meses). Si sale bien, tu familiar tiene 2 meses para pedir el visado (el permiso pegado en el pasaporte para entrar a España) en el Consulado.
Cuando tu familiar llega, pide la TIE dentro de 1 mes.